La Sala de la Cámara respaldó casi la totalidad de las modificaciones del Senado a este proyecto de ley que define entre sus lineamientos la creación de un registro oficial para estas aplicaciones. Sin embargo, no apoyó dos artículos transitorios que entregan plazos más extendidos para la adaptabilidad de algunas exigencias para este sector.
En una comisión mixta se tendrán que resolver las diferencias con el Senado respecto del proyecto que regula el servicio de las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros (boletín 11934), ello luego que la Sala de la Cámara rechazara dos de las modificaciones planteadas al texto despachado previamente.
En el debate, algunos legisladores anticiparon su decisión de no apoyar dichas normas. Una de ellas refiere al plazo entregado a los conductores para adquirir la licencia profesional (18 meses). La otra indica que no será exigible la antigüedad máxima de los vehículos de tres años durante los primeros 36 meses de aplicación de la ley. En particular se criticó que los plazos eran excesivos, lo que restaba igualdad de condiciones con gremios similares, como el de taxis-colectivos.
En la votación, el punto se votó separadamente por solicitud del diputado Jaime Saéz (RD) y se rechazó al no reunir los votos necesarios de aprobación. El resto de las normas modificadas se aprobó por 120 votos a favor, 6 en contra y 18 abstenciones.
Lo anterior se condijo con el ánimo general expresado en la Sala, favorable a regular esta actividad. Especialmente, se destacó el hecho que las aplicaciones funcionan hoy sin un respaldo normativo. Ello impacta en materias de seguridad para los conductores y usuarios. Además, resaltaron que iguala condiciones con otros rubros del transporte de pasajeros.
Participaron en el debate Daniel Lilayu (UDI), Marcos Ilabaca (PS), Marta Bravo (UDI), Leonardo Soto (PS), Jorge Alessandri (UDI), Francisco Undurraga (Evópoli), Christian Matheson (IND), Fernando Bórquez (UDI), Jorge Guzmán (Evópoli), Rubén Darío Oyarzo (PDG), Leonidas Romero (IND), Juan Antonio Coloma (UDI), Sergio Bobadilla (UDI) y Johannes Kaiser (IND). Por el Ejecutivo expuso el ministro de Transportes, Juan Carlos Muñoz.
Normas aprobadas
En las disposiciones aprobadas se determina que las citadas aplicaciones se considerarán como empresas de transporte remunerado de pasajeros. Así, se entenderá que la plataforma forma parte integrante de un servicio global cuyo elemento principal es un servicio de transporte.
La propuesta define que estas empresas tendrán la obligación de inscribirse en un registro de Empresas de Aplicación de Transporte (EAT) a cargo de la Subsecretaría de Transportes. En él se consignarán informaciones de la empresa y de los vehículos y conductores asociados.
Sobre esta materia, el Senado agregó que este sistema será electrónico. Además, hace alcances sobre el registro mismo. Una de las enmiendas, por ejemplo, exige que los vehículos solo estén inscritos en una de las regiones en las cuales se encuentre registrada la EAT. Otra establece que la falta de los antecedentes requeridos o su consignación parcial inhabilitará la inscripción.
Las condiciones señaladas se suman a las que estaban previamente. Ellas exigen que las EAT estén constituidas en Chile, mantengan una plataforma digital e informen sobre la tecnología disponible. Se adiciona la individualización de los representantes legales, así como la descripción de servicios y conductores habilitados. También determina el área de operación, entre otros aspectos.
Otros requerimientos