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Asignación por Muerte: beneficio permite recuperar más de un millón de pesos por gastos funerarios en Chile

El fallecimiento de un familiar representa un momento difícil para las familias, tanto en el ámbito emocional como económico, debido a los gastos que implica organizar un funeral. Frente a esta situación, el Estado dispone de un beneficio denominado Asignación por Muerte, que permite recuperar parte o la totalidad de los gastos funerarios, según corresponda.

Este aporte, administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS), está dirigido principalmente a quienes financiaron los servicios funerarios de personas pertenecientes al antiguo sistema previsional.

Según informó Meganoticias, el beneficio puede alcanzar los $1.070.445, monto equivalente a tres Ingresos Mínimos Mensuales para fines no remuneracionales, calculados a la fecha del fallecimiento. No obstante, la información oficial consultada de ChileAtiende registra un monto de $1.042.302, por lo que se recomienda verificar el valor vigente al realizar la solicitud.

¿Quiénes pueden solicitar la Asignación por Muerte?

El beneficio puede ser solicitado por una persona natural que haya asumido los gastos funerarios de alguien que cumplía los requisitos del antiguo sistema previsional.

También pueden gestionar el cobro las empresas funerarias, siempre que la persona responsable de los gastos les haya cedido formalmente ese derecho.

Para acceder, la persona fallecida debe haber cumplido al menos una de las siguientes condiciones:

  • Haber recibido la Pensión Básica Solidaria de Vejez o el Aporte Previsional Solidario de Vejez antes del 1 de febrero de 2022, en los casos establecidos por la normativa.

  • Haber sido beneficiaria de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez.

  • Haber recibido un Subsidio de Incapacidad Laboral, Cesantía o Discapacidad.

  • Haber sido pensionada de alguna de las antiguas cajas de previsión o de regímenes especiales, considerando las excepciones legales correspondientes.

En el caso de trabajadores activos, se exige haber registrado al menos una cotización en alguna de las antiguas cajas previsionales durante los seis meses anteriores al fallecimiento.

¿Cómo solicitar este beneficio?

El trámite puede realizarse durante todo el año, tanto por internet como de manera presencial.

Para efectuar la solicitud online, se debe ingresar al portal de ChileAtiende, utilizando el RUN de la persona fallecida y la ClaveÚnica de quien realiza el trámite.

También es posible acudir a una sucursal de ChileAtiende con los antecedentes correspondientes.

Entre los documentos que pueden solicitarse se encuentran la cédula de identidad, la factura original del servicio funerario y el certificado de sepultación, cuando hayan transcurrido más de 30 días desde el fallecimiento.

¿Qué ocurre si la persona fallecida recibía la PGU?

Es importante considerar que no todos los fallecimientos generan derecho a la Asignación por Muerte.

Cuando la persona fallecida era beneficiaria de la Pensión Garantizada Universal (PGU), dependiendo de su situación previsional, puede corresponder la denominada cuota mortuoria, cuyo monto alcanza hasta 15 Unidades de Fomento (UF).

En el caso de afiliados o pensionados de AFP, este beneficio debe solicitarse ante la administradora correspondiente. Cuando la persona recibía la PGU, el Estado puede complementar los recursos disponibles para financiar el beneficio, conforme a los requisitos legales.

¿Existe un plazo para solicitar el dinero?

De acuerdo con la información oficial, la Asignación por Muerte puede solicitarse dentro de los cinco años posteriores al fallecimiento de la persona causante.

El trámite es gratuito y, una vez presentados correctamente todos los antecedentes, el pago puede efectuarse en un plazo de tres días hábiles, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

Por ello, las autoridades recomiendan informarse sobre las condiciones del beneficio y conservar los comprobantes de los gastos funerarios, documentos fundamentales para gestionar la solicitud.

Para conocer los requisitos y realizar el trámite, los interesados pueden ingresar a www.chileatiende.gob.cl o acudir a una de sus sucursales.

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