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Despido por necesidades de la empresa: cuándo corresponde el pago por no avisar con 30 días de anticipación

Los trabajadores que son despedidos bajo la causal de necesidades de la empresa pueden tener derecho a recibir la denominada Indemnización Sustitutiva de Aviso Previo, un pago que corresponde cuando el empleador no comunica el término del contrato con la anticipación mínima establecida por la legislación laboral.

De acuerdo con la Dirección del Trabajo (DT), el artículo 162 del Código del Trabajo establece que, al utilizar esta causal de despido, el empleador debe informar por escrito al trabajador con al menos 30 días de anticipación.

¿Cuándo se debe pagar esta indemnización?

Si la empresa decide poner término al contrato sin entregar el aviso con 30 días de anticipación, deberá pagar al trabajador una indemnización equivalente a su última remuneración mensual devengada.

La misma obligación se aplica cuando el aviso se entrega, pero con un plazo inferior a los 30 días establecidos por ley.

Por ejemplo, si el empleador comunica el despido con 10, 15 o 20 días de anticipación, igualmente debe pagar la indemnización completa.

El pago no puede calcularse de manera proporcional

Uno de los puntos aclarados por la Dirección del Trabajo es que esta indemnización no puede reducirse proporcionalmente según los días de aviso entregados.

Esto quiere decir que si faltaron, por ejemplo, solo cinco días para completar los 30 exigidos por la normativa, el empleador no puede pagar únicamente el monto correspondiente a esos cinco días.

Según la doctrina vigente de la DT, cuando el aviso es inferior al plazo legal, corresponde entregar íntegramente el equivalente a la última remuneración mensual del trabajador.

De esta manera, existen principalmente dos situaciones en que se genera esta obligación: cuando el trabajador es despedido por necesidades de la empresa sin aviso previo, o cuando es informado con menos de 30 días de anticipación.

En ambos casos, el monto de la Indemnización Sustitutiva de Aviso Previo debe ser pagado en su totalidad y no de forma proporcional.

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