
El nuevo aporte comenzará a regir desde el 1 de octubre y estará dirigido a determinados grupos de trabajadores. Uno de los principales requisitos será no superar un límite establecido de renta bruta mensual.
A partir del 1 de octubre de 2026 comenzará a funcionar en Chile el Subsidio Unificado de Empleo (SUE), beneficio administrado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) que busca incentivar la incorporación y permanencia de trabajadores en empleos formales.
La nueva normativa establece que podrán acceder las personas que registren una renta bruta mensual igual o inferior a 2,25 ingresos mínimos mensuales. Considerando que desde mayo de 2026 el sueldo mínimo para trabajadores entre 18 y 65 años alcanza los $553.553, el límite corresponde a aproximadamente $1.245.494 brutos al mes.
Es importante considerar que este cálculo se realiza sobre la remuneración bruta, es decir, antes de aplicar descuentos previsionales, de salud y otras cotizaciones legales. Si una persona trabaja para más de un empleador, se considerará la suma de sus ingresos laborales para determinar si cumple con el límite establecido.
¿Quiénes podrán acceder al Subsidio Unificado de Empleo?
La legislación contempla como grupos prioritarios a:
- Jóvenes entre 18 y 24 años.
- Mujeres entre 25 y 54 años.
- Personas de 55 años o más.
- Personas con discapacidad inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad desde los 18 años.
Además, entre los requisitos generales se establece que el trabajador debe haber registrado al menos seis meses continuos de desempleo, o bien ocho meses discontinuos durante los últimos 18 meses anteriores a la postulación.
También deberá encontrarse dentro del tramo de vulnerabilidad que determine el Ministerio del Trabajo mediante el Registro Social de Hogares, el que podrá alcanzar hasta el 60%, con excepción de las personas con discapacidad.
¿Cuánto dinero entrega el beneficio?
El aporte dependerá del nivel de renta de cada beneficiario. Para las personas trabajadoras, el subsidio podrá alcanzar hasta un 20% de la remuneración bruta mensual.
Cuando el ingreso sea igual o inferior a 1,25 ingresos mínimos mensuales, se aplicará el porcentaje completo correspondiente. Para quienes tengan ingresos superiores a ese monto y hasta el límite de 2,25 sueldos mínimos, el beneficio irá disminuyendo progresivamente según la fórmula establecida.
La normativa contempla además un monto mínimo para trabajadores equivalente al 2,5% del ingreso mínimo mensual.
¿Dónde se podrá postular?
La solicitud podrá ser realizada tanto por el trabajador como por la empresa empleadora y el trámite se efectuará de manera digital a través de la Ventanilla Única Social del Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
En el caso de los trabajadores dependientes, los pagos mensuales corresponderán al 90% del monto calculado, mientras que el 10% restante se entregará posteriormente mediante una reliquidación anual.
El Subsidio Unificado de Empleo reemplazará progresivamente beneficios laborales anteriores, entre ellos el Subsidio al Empleo Joven y el Bono al Trabajo de la Mujer, manteniéndose los beneficios ya concedidos durante el periodo establecido por la ley.





