
La Comisión de Economía del Senado se encuentra revisando el denominado proyecto “No Molestar”, iniciativa que busca prohibir las llamadas telefónicas y mensajes publicitarios realizados por proveedores sin el consentimiento previo y expreso del consumidor.
La propuesta, que se encuentra en segundo trámite constitucional, tiene por objetivo reforzar la protección de la privacidad de los usuarios frente al creciente número de comunicaciones comerciales no solicitadas, que a diario reciben miles de personas en el país.
Más de un millón de solicitudes en plataforma “No Molestar”
De acuerdo con cifras del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), las solicitudes para ingresar a la plataforma “No Molestar” han aumentado considerablemente en los últimos años. Mientras que entre 2020 y 2023 se registraron más de 84 mil requerimientos, actualmente la cifra supera el millón 200 mil.
Chile promedia 28 llamadas no deseadas por persona al mes, con una tasa de spam que alcanza el 71% de las llamadas desconocidas. De ese total, un 46% corresponde a telemarketing o cobranzas y un 25% a intentos de fraude.
Desde agosto de 2025, las llamadas comerciales deben utilizar prefijos específicos: 600 para comunicaciones solicitadas y 809 para aquellas no solicitadas. El incumplimiento puede ser denunciado ante la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel), lo que permite una mayor trazabilidad y fiscalización.
¿Qué establece el proyecto?
La iniciativa, originada en la Cámara de Diputadas y Diputados y que refunde los boletines N° 15610 y N° 16041, incorpora un nuevo derecho para los consumidores: no recibir llamadas telefónicas ni mensajería instantánea con fines publicitarios, salvo que exista consentimiento expreso.
Dicho consentimiento deberá manifestarse mediante una declaración escrita, un medio electrónico equivalente o cualquier acto afirmativo claro que demuestre la voluntad del titular de los datos.
El incumplimiento podría ser sancionado con multas de hasta 1.000 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Además, el consumidor podrá revocar en cualquier momento el consentimiento otorgado, utilizando mecanismos similares a los empleados para su autorización.
Las comunicaciones escritas deberán señalar claramente su asunto, la identidad del remitente y un mecanismo expedito para solicitar la suspensión del envío. Una vez solicitada, la empresa no podrá continuar contactando al usuario.
Debate por posible duplicidad con la Ley de Datos Personales
Durante la sesión del 20 de enero, representantes de distintos sectores plantearon reparos a la propuesta, especialmente en relación con la entrada en vigencia de la nueva Ley de Protección de Datos Personales en diciembre de este año.
El presidente de Cooperativas de Ahorro y Crédito Asociadas (Coopera), Alex Figueroa, sostuvo que en el caso de las cooperativas existe una relación directa con sus socios, por lo que el consentimiento ya estaría regulado en la normativa de datos personales.
En tanto, la presidenta de la Comisión Asesora Ministerial para la implementación de la Ley de Protección de Datos Personales, Romina Garrido, señaló que la nueva legislación ya permitirá que las personas soliciten ser eliminadas de bases de datos, y que su incumplimiento será sancionado por la agencia respectiva.
“Esta ley no prohíbe el contacto. Avanzar en este proyecto podría fragmentar la legislación”, advirtió, agregando que el problema radica más en la fiscalización y trazabilidad que en la falta de normas.
En la misma línea, la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo (CNC) expresó preocupación por el diseño del proyecto y su eventual superposición con la legislación vigente, además de advertir efectos en las cobranzas extrajudiciales.
Tras el receso legislativo, la Comisión de Economía retomará la ronda de audiencias para reunir mayores antecedentes antes de votar la idea de legislar la iniciativa.
Fuente: Senado




