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SAG y Carabineros incautan piel de puma en domicilio de Mulchén

Funcionarios del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de la región del Biobío, en coordinación con Carabineros de Chile, realizaron la incautación de una piel de puma al interior de un domicilio particular ubicado en el sector Maitenal de la comuna de Mulchén.

El procedimiento se originó a partir de una denuncia por la muerte de un puma, especie protegida por la normativa vigente. Tras la diligencia, el SAG derivó los antecedentes al Ministerio Público e inició un proceso sancionatorio administrativo conforme a la ley.

El director regional del SAG Biobío, Roberto Ferrada, explicó que la acción fue posible gracias a la coordinación interinstitucional:

“Tras recibir la denuncia por la muerte de un puma y la presencia de su piel en un domicilio, coordinamos con Carabineros este procedimiento de incautación. Los antecedentes ya fueron remitidos al Ministerio Público, que investigará los hechos”, señaló.

La autoridad recordó que la Ley de Caza establece un listado de especies protegidas cuya caza, captura, tenencia o comercialización están prohibidas, haciendo un llamado a la ciudadanía a respetar la normativa, así como los períodos, cuotas y especies autorizadas cuando corresponda.

En ese contexto, Ferrada detalló que el artículo 3° de la ley prohíbe en todo el territorio nacional la caza o captura de ejemplares de fauna silvestre catalogados como en peligro crítico, en peligro, vulnerables, casi amenazados o con datos insuficientes, además de aquellas especies consideradas beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, el equilibrio de los ecosistemas o con bajas densidades poblacionales.

Quienes infrinjan esta normativa se exponen —según el artículo 30— a penas de prisión en su grado medio a máximo, multas de 3 a 50 UTM y al comiso de armas o instrumentos de caza, para los casos de caza, captura o comercio de especies cuya explotación esté prohibida.

Adicionalmente, el SAG informó que aplicará sanciones administrativas por la tenencia de partes de fauna silvestre protegida sin inscripción en el Registro Nacional de Tenedores y por no acreditar la procedencia del espécimen, reforzando así la protección de la fauna nativa y el cumplimiento de la legislación ambiental.

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