
En Chile, todas las playas son bienes nacionales de uso público, por lo que el acceso peatonal a ellas es libre y no puede ser prohibido, independientemente de que los terrenos colindantes sean de propiedad privada. Así lo establece la legislación vigente y lo ha reiterado en diversas ocasiones el Ministerio de Bienes Nacionales.
Esto significa que ninguna persona, empresa o condominio puede cerrar, bloquear o condicionar el acceso a una playa, ya sea marítima, fluvial o lacustre. El derecho de acceso es para toda la ciudadanía y no requiere pago, autorización previa ni invitación.
¿Qué hacer si se encuentra un acceso a playa cerrado o restringido?
Las autoridades recomiendan seguir estos pasos en caso de detectar una situación de acceso denegado:
No confrontar directamente a quienes impidan el paso.
Registrar el hecho, idealmente con fotografías o videos del cierre, portón, reja o señalización restrictiva.
Anotar la ubicación exacta del acceso bloqueado (comuna, sector, referencias).
Realizar la denuncia ante la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Bienes Nacionales correspondiente, ya sea de forma presencial o a través de los canales digitales habilitados.
También se puede informar a la municipalidad respectiva para que derive los antecedentes.
Desde el Ministerio de Bienes Nacionales recuerdan que existen accesos oficiales y servidumbres de paso que deben ser respetadas por los propietarios de terrenos colindantes, y que impedir el acceso a una playa constituye una infracción, la cual puede ser fiscalizada y sancionada.
Finalmente, el llamado es a ejercer este derecho de manera responsable, cuidando el entorno natural, respetando la normativa ambiental y promoviendo una convivencia armónica entre visitantes y comunidades locales.





