
Existen plazos de 3, 5 y 10 años dependiendo de la falla, que deben ser respetados por las inmobiliarias y constructoras.
Los plazos de 5 y 10 años se consideran desde la fecha de la recepción definitiva por parte de la Dirección de Obras Municipales y el plazo de 3 años desde la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.
A partir de seis o más afectados por mala calidad de construcción en un conjunto habitacional, SERNAC puede iniciar un juicio colectivo bajo la Ley de Calidad de la Vivienda.
Comprar una vivienda suele ser uno de los logros más importantes en la vida de las personas, no sólo por los anhelos personales, sino también por la alta inversión y endeudamiento que requiere.
Por ello, cuando empiezan a aparecer fallas como filtraciones, grietas o problemas eléctricos, el sueño de la casa propia se puede transformar en una pesadilla.
En este contexto es que Fernanda Gajardo Manríquez, Directora Regional del Servicio Nacional del Consumidor SERNAC en Los Lagos, hizo un llamado a informarse sobre el tema, ya que, lamentablemente, los desperfectos o errores de diseño o asentamiento quedan en evidencia en días de lluvias o frentes de mal tiempo, como el que ya fue pronosticado para los próximos días.
Para SERNAC Los Lagos, explicó la Directora Regional, este es un tema sensible respecto del cual están trabajando, desde el 2022, con análisis de reclamos, interoperabilidad con empresas y organizaciones sociales, conversatorios con la comunidad y gestión ante otros servicios públicos, con el objetivo de levantar alertas y orientar a los consumidores en el ejercicio de sus derechos legales.
Según explicó, la Ley General de Urbanismo y Construcciones establece tres principales plazos:
- 10 años: por fallas o defectos que afecten a la estructura soportante del inmueble.
- 5 años: cuando se trate de los elementos constructivos o de las instalaciones.
- 3 años: si son problemas de terminaciones o de acabado de las obras.
Respecto de los dos primeros plazos, se cuentan desde la fecha de la recepción definitiva por parte de la Dirección de Obras Municipales; mientras que para las terminaciones, el plazo de 3 años rige desde la fecha de la inscripción a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces.
Cuando las fallas son individuales y sólo impactan en una vivienda, el comprador deberá acudir ante el tribunal civil con abogado particular. No obstante, cuando se trata de un conjunto habitación y son 6 o más las viviendas afectadas, SERNAC puede iniciar un juicio colectivo bajo la Ley de Calidad de la Vivienda en el mismo tribunal antes señalado.
Fernanda Gajardo recordó como hechos importantes a considerar lo sucedido hace algunas semanas con un edificio que perdió completamente la techumbre debido a un fuerte viento, así como otras viviendas que tienen problemas estructurales por estar construidas en zonas con suelos que eran humedales. En otros casos, son edificios con daños en los elementos constructivos o que no cumplen con condiciones adecuadas para insonorizar los departamentos o que, simplemente, no corresponden a lo ofertado.
En cualquier caso, concluyó la Directora Regional de Los Lagos, las y los consumidores pueden ingresar sus reclamos a través de la página web SERNAC.cl, llamando gratuitamente al 800 700 100 y presencialmente en la Dirección Regional, ubicada en Balmaceda 241, Puerto Montt, o en las oficinas del consumidor que algunos alcaldes han abierto para atender a sus vecinos,